En el Convenio Colectivo de 1996, firmado por CC.OO., ELA y UGT, se introdujeron cambios muy relevantes en los compromisos por pensiones a favor de las/os empleadas/os de
LAB, en su día, no suscribió los acuerdos porque la externalización suponía dos cosas:
-Empeoraba considerablemente los intereses económicos de la plantilla más joven y de la futura.
-Discriminaba a las/os trabajadoras/es según su antigüedad, según hubieran ingresado antes o después del 17 de mayo de 1988.
Resumidamente, el cambio consistió en sustituir un sistema de prestación definida por otro de aportación definida. La prestación definida era una garantía para toda/o empleada/o de que
El sistema de aportación definida es el que conocemos actualmente, en el que se va aportando dinero a un plan individual (gestionado actualmente por una EPSV) y que no asegura, en la jubilación, más que el importe que se ha aportado más la rentabilidad correspondiente.
Entendemos que económicamente el cambio no interesaba a la plantilla, pero además, como hemos dicho, se aplicaron criterios discriminatorios y todas las personas que ingresaron después del 17 de Mayo de 1988 quedaron excluidas/os de un sistema universal y solidario, igual para todas/os independientemente de la fecha de entrada en
El cambio se había cocinado en el contexto de la fusión (1988-1990) y de supuestos problemas de liquidez por parte de
En este reparto también se aplicó una mala metodología, dando lugar a la reclamación individual de un compañero, que aportó estudios actuariales que arrojaban datos muy distintos a los utilizados (tipo de interés referencial…).
Ante esto LAB, por pura coherencia, se vio obligado a reconvenir el tema, por considerar que el Plan de Previsión Social establecido en el Convenio Colectivo de 1990 por
Dicha insuficiencia se deduce de:
- los parámetros utilizados en la valoración actuarial al cierre de 1995: la utilización del tipo de interés técnico del 8%, 2 puntos superior al tipo de interés máximo establecido por la normativa vigente (6%), suponía infravalorar los compromisos asumidos entre un 40 y 50 %.
- la transformación que se realizó en 1996, que supuso una reducción de derechos de los/as partícipes del Plan 1 hasta ajustarlos con el valor del patrimonio disponible en
Es decir, creemos –con los datos analizados por un actuario de prestigio- que
Pero lo verdaderamente grave fue la división que se provocó en la plantilla. El cambio y liquidación de los planes de pensiones ha sido la primera y más brutal venta de derechos realizada en nuestra empresa, y las agresiones que desde entonces han sufrido los intereses de las/os empleadas/os más jóvenes no han sido más que sus versiones “light” (trienios, ascensos por antigüedad, consolidaciones, cesta de navidad…). Con el tiempo estas dos plantillas se han convertido, en tres, cuatro, cinco…
Ahora, como novedad, hay movimientos que buscan desplazar el poder de decisión en la gestión de estos dineros hacia quienes tienen los capitales más grandes, de manera que quienes más tengan más manden, olvidándose del origen, el sentido y la finalidad de estos planes de ahorro.








